# La Ciudad exige a las estaciones de servicio acreditar controles de roedores certificados

> La Resolución 282/APRA/26 incluye a las estaciones porteñas en el régimen de desratización: deberán contratar prestadores inscriptos y conservar certificados vigentes.

URL: https://codigoestacion.com/regulacion/la-ciudad-exige-a-las-estaciones-de-servicio-acreditar-controles-de-roedores-certificados
Publicada: 2026-10-30T11:06:18.952Z
Actualizada: 2026-10-30T11:06:18.953Z
Sección: Normativas
Firma: Gonzalo Funes (Equipo de redacción de Código Estación)
Temas: Seguridad operativa, Buenos Aires, Normativas, Tiendas de conveniencia
Fuente citada: Surtidores https://surtidores.com.ar/las-estaciones-de-servicio-deberan-acreditar-controles-de-roedores-con-empresas-autorizadas/

Los expendedores porteños de combustibles quedaron alcanzados por el régimen de prevención de roedores de la Ciudad de Buenos Aires: tendrán que contratar prestadores habilitados que hagan tratamientos periódicos y guardar los papeles que demuestren que cumplen. La exigencia está fijada en la Resolución 282/APRA/26, que salió en el Boletín Oficial porteño y concede 45 días de adecuación a partir de esa fecha.

Según informó [Surtidores](https://surtidores.com.ar/las-estaciones-de-servicio-deberan-acreditar-controles-de-roedores-con-empresas-autorizadas/), el texto menciona de forma explícita a las estaciones, al igual que a locales gastronómicos, depósitos y otros rubros. En consecuencia, quedan comprendidas aunque no cuenten con un local de venta o elaboración de comida.

## Certificados y frecuencia

Cada estación deberá tener a mano el certificado vigente de los tratamientos y mostrarlo cuando lo pida la autoridad competente. La frecuencia de las visitas tiene que respetar lo que indica el anexo de la norma.

Los 45 días de plazo rigen para los responsables de los establecimientos comprendidos y no deben confundirse con el período que tienen las compañías prestadoras para inscribirse. Esas empresas se rigen por la Resolución 281/APRA/26, que dispone que deben anotarse de manera obligatoria en un registro de la Agencia de Protección Ambiental (APRA). El objetivo es identificar a quienes hacen desratización y poder seguir sus trabajos.

Las prestadoras estarán obligadas a:

- extender una constancia tras cada intervención;
- tener al día los datos de su responsable técnico;
- respetar el plan de trabajo definido para cada local;
- emplear productos declarados y registrados en la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
La publicación señala que, al momento de contratar, comprobar la habilitación del proveedor pasa a ser un paso central. En las tiendas de conveniencia, además, la exigencia se vincula con el resguardo de las áreas donde se almacena, prepara y vende comida.

## Fundamentos y multas

Los considerandos de la normativa enumeran causas que facilitan la multiplicación de roedores, como los restos de comida en la basura, las redes subterráneas y los sitios que sirven de refugio. Agregan que las obras de demolición y excavación pueden empujar a estos animales hacia terrenos linderos, por lo que el entorno de cada estación cobra importancia si hay trabajos cerca.

En caso de incumplimiento, la Resolución 282 deriva a lo previsto en la Ley 451, cuyas penalidades se aplican si se constatan faltas, roedores o señales de que los hay. Por su parte, la 281 menciona que el artículo 1.3.22 fija sanciones económicas de entre 100 y 1.400 unidades fijas para quien esté a cargo de un inmueble con roedores comprobados en el que no se hayan hecho las tareas periódicas exigidas.
